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| El Ministerio de Educación vulnerando la ley de protección de datos |
| 2008-12-22 20:35:04 |
Ministerio de Educación ha establecido un mecanismo para conocer la tramitación de las solicitudes de becas por Internet que no se ajusta a la normativa actual en materia de protección de datos, ni de publicidad de becas, ni a la Ley de acceso electrónico. El sistema permite acceder a información personal (excesiva en todos los casos) de cualquiera que haya solicitado una beca, conociendo tan solo su número de DNI y pudiéndonos remontar a becas de los años 70....
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| “Ha devuelto impagado, el recibo” |
| 2008-12-08 16:44:32 |
La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado al Banco Cetelem con 60.000 euros de multa por dejar visible, en una comunicación postal con un cliente, las palabras "ha devuelto impagado, el recibo" desde el exterior del sobre.
Además del nombre, apellidos y dirección se podía leer esa frase desde la ventanilla del sobre....
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| Poniéndoselo fácil a las estafas por SMS |
| 2008-11-20 18:10:25 |
La denuncia presentada por la recepción de un SMS de contenido comercial en el que se me incitaba a enviar un SMS a un número corto para conocer a una chica (CONOCER AL 7440) se archiva por falta de pruebas.
Mi número de teléfono móvil no aparece en las bases de datos de la empresa denunciada, a pesar de ser la titular y beneficiaria del número 7440. Así de fácil parece saltarse la ley, borrando uno mismo sus propias huellas para que no encuentren pruebas....
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| El número de teléfono móvil no es un dato personal |
| 2008-11-05 04:53:59 |
La Audiencia Nacional determina que si a través del número de teléfono móvil no se hace posible identificar al titular del mismo no nos encontramos ante un dato personal que deba ser protegido por la normativa de protección de datos personales.
Esta Sentencia ha servido para archivar la denuncia presentada contra el programa (ya extinto) Aquí hay tomate por publicar los teléfonos móviles de los telespectadores.
Ahora que me expliquen por qué la IP sí es un dato personal....
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| Contratación telefónica + falta de firma = 60.000 euros de multa |
| 2008-10-20 17:14:02 |
Le cargaron un recibo en su banco por un supuesto contrato realizado telefónicamente.
El cliente no tuvo que firmar nada posteriormente y la empresa tampoco pudo probar la existencia de la celebración de ese contrato.
El resultado concluye en un tratamiento de datos personales del cliente sin consentimiento por parte de la empresa....
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